En una jornada cargada de tensión política y expectativa social, el Senado de la Nación votó por amplia mayoría dejar sin efecto el veto del presidente Javier Milei a la ley que declara la emergencia nacional en materia de discapacidad. Con 63 votos a favor y apenas 7 en contra, la Cámara Alta se sumó a lo que Diputados ya había resuelto semanas atrás: insistir con la ley y obligar al Ejecutivo a aplicarla.
El resultado no es un trámite menor. Es, en los hechos, un freno institucional a la estrategia del gobierno libertario de recortar en las áreas más sensibles. La Constitución Nacional establece que el Congreso puede insistir en una ley vetada si reúne los dos tercios de los votos en cada Cámara. Eso ocurrió: el veto presidencial quedó sin efecto y ahora el Ejecutivo tiene la obligación de promulgar y cumplir la norma.
Qué cambia con la ley de emergencia
La norma, que tendrá vigencia hasta diciembre de 2026, fue impulsada por un amplio arco político y social frente a la crisis que atraviesa el sector. Declara la emergencia en discapacidad, lo que habilita medidas extraordinarias:
- Regularización de deudas con prestadores e instituciones que brindan terapias, apoyos y transporte.
- Actualización mensual de aranceles del Sistema Único de Prestaciones, clave para evitar que la inflación licúe el valor de tratamientos.
- Compensaciones económicas de emergencia para prestadores que quedaron al borde del cierre.
- Refuerzo de la cobertura en salud para personas con Pensiones No Contributivas por Discapacidad, garantizando el acceso a las prestaciones básicas que establece la Ley 24.901.
En términos concretos, la ley significa alivio para familias que vieron interrumpidos tratamientos, para prestadores que trabajan sin cobrar durante meses y para instituciones educativas y terapéuticas que amenazaban con cerrar sus puertas.
Por qué era necesario
El marco legal argentino obliga al Estado a adoptar medidas de acción positiva para garantizar la igualdad real (artículo 75 inciso 23 de la Constitución). Además, los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional –como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad– establecen que no se puede retroceder en la protección de este colectivo.
Sin embargo, en los últimos meses se acumulaban denuncias de recortes, deudas y aranceles atrasados más de un 70% respecto de la inflación. Muchos prestadores dejaron de atender o lo hicieron de manera irregular, lo que dejó a miles de familias sin terapias esenciales. La ley busca dar un marco de urgencia a ese derrumbe.
El veto de Milei y una gestión en crisis
El veto de Javier Milei a esta norma fue leído como una señal de desprecio hacia un sector históricamente vulnerado. El Presidente argumentó que “no hay plata”, pero esa frase no lo exime de cumplir con los compromisos constitucionales e internacionales del país. La emergencia en discapacidad no es un gasto discrecional: es el cumplimiento de derechos fundamentales.
No fue un hecho aislado. En paralelo, el Ejecutivo también vetó mejoras en jubilaciones y beneficios para personas con discapacidad. Y el área específica quedó golpeada por escándalos de corrupción, como la renuncia del titular de la Agencia Nacional de Discapacidad tras la difusión de audios que lo vinculaban a pedidos de coimas.
Así, el gobierno libertario quedó expuesto en su contradicción: mientras predica eficiencia, ajusta sobre quienes menos margen tienen para defenderse. Y mientras pide “austeridad”, permite que la improvisación y los negocios empañen la gestión de un área sensible.
El valor del Congreso como contrapeso
El rechazo al veto no es sólo una noticia para las personas con discapacidad y sus familias. Es también un recordatorio de que en democracia el poder no es absoluto. El Congreso ejerció su rol de contrapeso, usando una herramienta prevista en los artículos 80 a 83 de la Constitución. Cuando el Ejecutivo intenta avanzar con una decisión contraria al interés público y a los derechos humanos, el Parlamento puede –y debe– frenar la regresión.
Lo que viene
La pelota está ahora en la cancha del Ejecutivo: debe reglamentar y poner en marcha la ley. No puede volver a vetarla. Cualquier intento de dilatar su aplicación por la vía judicial sería un desconocimiento del equilibrio de poderes y una dilación de derechos que la Constitución y los tratados no permiten.
En definitiva, lo ocurrido hoy marca un punto de inflexión. La dignidad de las personas con discapacidad no puede ser variable de ajuste. Y cuando un gobierno se niega a cumplir con esa obligación, la política –con todas sus tensiones– tiene la responsabilidad de recordarle que la Constitución manda primero.
